Ir al contenido principal

Barcelona en el punto de mira



La marca colectiva “Barcelona” en su lucha por el registro

 Las marcas colectivas son aquellos signos que distinguen productos o servicios de sus similares en el mercado, con la atipicidad de pertenecer a una asociación, fundación o ente de Derecho Público.

La trascendencia de las marcas colectivas radica, especialmente, en evitar los riesgos que supone introducir marcas desconocidas en el mercado, así como en la posibilidad de asociar productos o servicios con determinados espacios geográficos.

En el asunto visto por la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo, Sección Primera, el cual derivó en la STS 378/2018 de 7 de marzo, se puso de manifiesto la falta de aptitud distintiva de la marca colectiva “Barcelona” según lo preceptuado en el artículo 5.1 b) de la Ley 17/2001.

Entre los elementos que se discutieron por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (JUR\2017\123976) estuvo precisamente que el solicitante de la marca no era una asociación sino una persona jurídica de Derecho Público (Ayuntamiento de Barcelona), y por tanto la función de la marca colectiva debía ser analizada desde otra dimensión, sin embargo, según el reglamento de uso aportado, se trataba de "potenciar o preservar el valor simbólico, prestigio y buena reputación del signo denominativo Barcelona", lo cual fue más asimilado a las funciones que desempeñan las marcas de garantía.

Igualmente, estuvo en el centro del debate el hecho de haberse solicitado la marca para todas las clases de productos y servicios, considerado esto como un atentado a la función indicadora del origen empresarial de los productos o servicios. El Tribunal Supremo por su parte, puntualizó, al igual que el tribunal de instancia, el papel del principio de especialidad, el cual es contrario a la visión de otorgar protección universal a una denominación en relación con todos los productos y servicios existentes, salvo el supuesto de las marcas renombradas; y sostuvo las diferencias entre las marcas colectivas de asociaciones y las marcas colectivas cuya titularidad corresponde a entes de carácter público.

 

 

 


 

Comentarios

Entradas más populares de este blog

ROYALTIES O REGALÍAS

  LAS REGALÍAS COMO FORMA DE PAGO Las regalías o royalties, según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) [1] , son pagos calculados posteriormente y recurrentes, cuyo importe se determina en función de la utilización o resultados económicos (unidades de producción, unidades de servicio, ventas del producto, beneficios).  En materia de contratos de licencia de marca el establecimiento de regalías suele ser el sistema de pago más usual ya que absorbe el riesgo que supone la explotación de una marca y lo distribuye de forma equitativa, se persigue con ello que el porcentaje establecido contribuya a equilibrar las prestaciones en función de evitar disputas futuras. Las regalías se forman de dos elementos: la base, elemento sobre el que se establece la regalía, dígase producción, costos, ventas, utilidades;  y el porcentaje, aspecto susceptible de frecuentes controversias.  A los efectos del uso de regalías resulta frecuente la elección de su estableci...

Denegación de solicitud de marca europea: signo descriptivo y carente de aptitud distintiva

Criterios de la EUIPO en relación con las marcas descriptivas.  La marca CUID@PLUS Y DISEÑO fue solicitada ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) para productos comprendidos en las clases 3 (Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares) y 5 (Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; emplastos, material para apósitos; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas). En tal tesitura la EUIPO consideró (Decisión de 8 de agosto de 2024, Ref. HA2024300219) que el consumidor pertinente de habla española y portuguesa entendería como significado del signo cuida más / cuida mejor / cuidado superior , asimismo el segundo componente “plus” fue valorado como representativo de una ventaja, beneficio o bonificación, car...

Marca... ¿del verbo marcar?

Consideraciones sobre el uso y protección de las marcas La acción de marcar ha sido una variable constante que ha acompañado la historia de la humanidad, en el pasado las estatuas, vajillas y obras de artes eran marcadas con el nombre del autor, así como con el nombre del monarca. Desde el punto mercantil, las marcas han ocupado el centro de atención de los concurrentes en el mercado, las pujas de los vendedores y oferentes de servicios por imponer sus marcas a los consumidores ha sido una constante.  ¿Qué es una marca? La marca es aquel signo que sirve para distinguir productos o servicios; para ser considerada como tal requiere cumplir dos requisitos, ellos son: capacidad distintiva y posibilidad de ser representada. En cuanto a sus tipologías pueden encontrarse marcas que consisten en una denominación, una figura, una forma tridimensional, un olor, un sabor, un sonido, un color, una textura, un patrón o una combinación de las anteriores, sin que exista oportunidad alguna d...