Ir al contenido principal

Nombres de dominio en la era de la COVID - 19

 


Conflictos sobre nombres de dominio

Los nombres de dominio son direcciones de páginas web, su fin es precisamente identificar las computadoras que se encuentran conectadas a Internet.

 

Con la situación derivada de la pandemia mundial generada por la COVID - 19, el incremento de las infracciones en Internet no se ha hecho esperar, reflejo de ello lo ha constituido el aumento de asuntos que se han presentado ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en relación con años anteriores.

 

La implementación del teletrabajo por parte del sector empresarial que antes no solía hacerlo, así como el uso de Internet para el desarrollo de negocios y el ejercicio del derecho al consumo, han disparado la utilización delas redes sociales, con lo cual se ha producido un crecimiento de los registros de nombres de dominio.

 

El Centro de solución de controversias derivadas del uso no autorizado de nombres de dominio de la OMPI, ha reportado un aumento de las violaciones de los derechos de marcas durante esta pandemia, concretamente en áreas como la biotecnología, la farmacéutica, las tecnologías de la información, la banca, las finanzas y los eventos.

 

A modo de referencia, algunos de los nombres de dominio en conflicto, relacionados con la COVID - 19, son los siguientes:

-      “coronagileadsciences.com” (Caso OMPI No. D2020-0776)

-      “dettolhandsanitizer.com”, “facebookcovid19.com” (Caso OMPI No. D2020-0885)

-      “gileadcopay.co”, “hmrc-refund-covid-19.com”, “tokyo2021.cn”, “tokyo2021.org”, “sanofivaccine.com” (Caso OMPI No. D2020-0617)

-      “wwwlillycovid19testing.com” (Caso OMPI No. D2020-0886)

 

¿Curioso verdad? Pues si te resulta de interés conocer más sobre esta temática, te recomiendo que acudas a las estadísticas sobre los casos tramitados por la OMPI a través del sitio https://www.wipo.int/amc/en/domains/statistics.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

NO HAY LICENCIA DE MARCA QUE POR BIEN NO VENGA

    Las formas de pago en los contratos de licencia de marcas Entre las opciones que ostentan los empresarios para darle mayor valor a su empresa y a su marca, ya sea en otros territorios o a mayor escala, se encuentra la realización de contratos de licencia de marca. Por la diversidad de factores involucrados en este tipo de contratos y las especiales condiciones asociadas a las formas de pago no resulta tarea sencilla su redacción, de ahí la necesidad de tomar en consideración algunos elementos básicos. El contrato de licencia se caracteriza por ser un acuerdo de voluntades de gran complejidad, en tanto, incorpora elementos de otras figuras contractuales como es el caso de la asistencia técnica, el uso de los derechos de propiedad industrial, el uso del secreto empresarial, de manera que la colaboración entre las partes es fundamental, de ahí que sea considerado un contrato de colaboración por excelencia. Existen autores que le otorgan a este tipo de contratos un carác...

Adicciones desleales en el mercado

    La competencia desleal Como en una novela de terror, el mundo de las falsificaciones e imitaciones no tiene un final feliz. Carmen es una mujer de 60 años que no conoce del mundo de la moda, pero sabe que su nieta quiere por su cumpleaños unas zapatillas marca ADIDAS. Resulta que, en el mercado de vendedores ambulantes (donde solo se venden falsificaciones), Carmen ha encontrado las ADIDAS a un precio inmejorable, así que no duda en comprarlas. Llegada la fecha señalada la niña recibe su obsequio y se lo estrena sin pensar; al cabo de tres días llama a su abuela para referirle que se han roto sus zapatillas.   Un actuar desleal en el mercado tiene repercusiones que impactan en diferentes direcciones, no solo se afecta al consumidor como Carmen que adquiere un producto o servicio pensando que es otro, también se afecta al competidor que disminuye sus ventas, y al mercado en lo que respecta a su funcionamiento. La competencia desleal abarca diversas manifestaciones y s...

Al servicio de las TIC

  Los derechos de propiedad intelectual al servicio de las TIC El derecho de exclusiva constituye uno de los pilares esenciales en los que se sustentan los derechos de propiedad industrial, ya que, por su naturaleza inmaterial, el pronunciamiento de la norma va dirigido a que terceros no puedan hacer uso de ese derecho sin la autorización de su titular. La patente, como parte de estos derechos de propiedad industrial, se materializa a través de un derecho monopólico y de exclusiva de carácter temporal, solamente limitado por excepcionales circunstancias descritas en la norma, como es el caso de las licencias obligatorias o el uso con fines educativos, por mencionar algunos ejemplos. Sin embargo, mucho se debate en la actualidad en torno al impacto de determinadas invenciones para el desarrollo de la humanidad y el obstáculo que representan estos derechos. Por eso entendemos que es importante reforzar ese equilibrio entre la sociedad y los derechos de los inventores, uno no puede ex...