Ir al contenido principal

El sonido como marca

 


Marca sonora: pautas de la Unión Europea

 Las marcas no tradicionales han ido ganando espacio en el mercado. En este grupo podemos encontrar las marcas táctiles, gustativas, olfativas, sonoras, por solo mencionar los tipos más controversiales. El debate en torno al registro de estas marcas ha estado centrado en la posibilidad o no de su representación, así como en la incapacidad material de determinadas oficinas para realizar el examen de solicitud de las mismas.

 En fecha 7 de julio de 2021, el Tribunal General de la Unión Europea se pronunció en torno a los requisitos exigibles a las marcas sonoras para su registro, lo cual sienta un precedente importante en la historia esta tipología marcaria en lo que a su régimen jurídico respecta.

 La marca solicitada por la compañía alemana Ardagh Metal Beverage Holding GmbH & Co. KG, consiste en el sonido generado al abrir una lata de bebida, seguida de un silencio de alrededor un segundo y luego de un burbujeo de nueve segundos; para amparar productos de las clases 6, 29, 30, 32 y 33 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos o Servicios para el Registro de Marcas. A saber, y en sentido amplio, se trata de los productos siguientes: contenedores metálicos para transporte y almacenamiento, productos lácteos, café, té, cacao, cervezas, aguas minerales, bebidas sin alcohol y bebidas alcohólicas diferentes de la cerveza.

 Según el examinador de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), esta marca no era indicativa del origen empresarial, con lo cual fue denegada por carecer de carácter distintivo. En similar tesitura se pronunció, la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO, e indicó que el público consumidor no estaba familiarizado con el hecho de asociar un sonido de esta índole con bebidas, por lo tanto, sería percibido como un elemento funcional y no indicador del origen empresarial; elementos que fueron también estimados por el Tribunal General.

 Esta decisión resalta que la valoración de la aptitud distintiva para las marcas sonoras no difiere en modo alguno de la valoración que se aplica a las restantes tipologías de marcas, con lo cual es trascendental que el sonido pueda indicar un origen empresarial para que tenga suficiente aptitud distintiva y sea protegido.

 

 


Comentarios

Entradas más populares de este blog

Barcelona en el punto de mira

La marca colectiva “Barcelona” en su lucha por el registro   Las marcas colectivas son aquellos signos que distinguen productos o servicios de sus similares en el mercado, con la atipicidad de pertenecer a una asociación, fundación o ente de Derecho Público. La trascendencia de las marcas colectivas radica, especialmente, en evitar los riesgos que supone introducir marcas desconocidas en el mercado, así como en la posibilidad de asociar productos o servicios con determinados espacios geográficos. En el asunto visto por la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo, Sección Primera, el cual derivó en la STS 378/2018 de 7 de marzo , se puso de manifiesto la falta de aptitud distintiva de la marca colectiva “Barcelona” según lo preceptuado en el artículo 5.1 b) de la Ley 17/2001. Entre los elementos que se discutieron por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (JUR\2017\123976) estuvo precisamente que el solicitante de la marca no era una asociación sino una...

Salvavidas de la Propiedad Industrial

  Impacto de las marcas y patentes en el contexto social Las invenciones son soluciones a problemas reales que afectan la vida diaria, mientras las marcas ocupan el espacio de la identificación en el mercado, ya sea de productos o servicios. La creatividad, capacidad inventiva y espíritu de superación de los titulares de derechos de propiedad industrial son admirables. A lo largo de los años hemos sido testigos de los pasos agigantados que se han acometido en el ámbito tecnológico, así como los esfuerzos de las empresas por crear marcas que impactan en el público consumidor, al punto de poder comunicarnos con personas desde distintos puntos geográficos o convertir en signos distintivos olores y sabores. En este sentido, la historia de VOLVO merece un voto a su favor. En el año 1959, Nils Bohlin, ingeniero sueco de la empresa VOLVO, revolucionó las concepciones del mundo de los cinturones de seguridad de automóviles. A partir de la modificación de un cinturón de avión obtuvo e...

Marcas: ¿Sabías que…?

Preguntas, respuestas y consejos ¿Un cambio de diseño de la marca implica una nueva solicitud de registro?   -           Sí. Es que se trata de un signo nuevo.   ¿Las clases de productos o servicios permiten que existan marcas idénticas o similares para productos o servicios diferentes?   -           Sí. La excepción son las marcas renombradas (“BURGER KING”, “ZARA”).   ¿Puedes conceder a otros el derecho a usar tu marca y recibir una contraprestación a cambio?   -           Sí. Para ello se usan los contratos de licencia de marca, de franquicia, incluso el contrato de cesión si lo que se quiere es vender la marca.     Consejos útiles   -           Identifica las marcas, nombres comerciales y lemas comerciales que se usan en tu empresa e infórmate en relaci...